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El Empleo Basó La Información De la Visa

 

¿Cómo hago un inmigrante basado en el empleo?
Un inmigrante es un nacional extranjero que se autoriza a vivir y a trabajar permanentemente en los Estados Unidos. Usted debe pasar con un proceso multi-step hacer un inmigrante basado en el empleo

  • El USCIS debe aprobar petición inmigrante (uso) que fue archivada para usted, generalmente por un patrón
  • En la mayoría de las categorías del empleo (véase la elegibilidad EB-2 y EB-3 y la información de la limadura abajo), un U. S el patrón debe terminar una petición de trabajo de la certificación (ETA 750) para usted del departamento del empleo del trabajo y de la administración del entrenamiento
  • El departamento del estado debe darle un número inmigrante de la visa, incluso si usted está ya en los Estados Unidos.
  • Si usted está ya en los Estados Unidos, usted debe aplicarse para ajustar al estado residente permanente cuando un número de la visa llega a estar disponible. Si usted está fuera de los Estados Unidos cuando un número inmigrante de la visa llega a estar disponible, le notificarán para ir al U local. S consulado para terminar el proceso para una visa inmigrante

¿- Ayuda De la Necesidad? Llámenos en -

Orlando, Fl (407)-574-7024

Nápoles, Fl (239)-643-5529

 

¿Quién es elegible para la inmigración basada empleo?
Hay cinco categorías de la inmigración basada empleo:

  • Primera Preferencia ( EB-1 trabajadores de la prioridad): extranjeros con capacidad extraordinaria, profesores e investigadores excepcionales, y ciertos ejecutivos y encargados multinacionales
  • Segunda Preferencia ( EB-2 trabajadores con grados avanzados o capacidad excepcional): extranjeros que son miembros de las profesiones que llevan a cabo grados avanzados o su equivalente y extranjeros que debido a su capacidad excepcional en las ciencias, los artes, o el negocio beneficiarán substancialmente la economía nacional, cultural, o los intereses o bienestar educativos de los Estados Unidos
  • Tercera Preferencia ( EB-3profesionales, trabajadores expertos, y otros trabajadores): extranjeros con por lo menos dos años de experiencia como trabajadores expertos, profesionales con un grado del bachillerato, y otros con menos de dos años de experiencia, por ejemplo un trabajador inexperto que puede realizar el trabajo para el cual calificó a trabajadores no está disponible en los Estados Unidos
  • Cuarta Preferencia ( EB-4 trabajadores especiales tales como ésos en una ocupación o una vocación religiosa): extranjeros que, por por lo menos dos años antes de solicitar la admisión a los Estados Unidos, han sido un miembro de una denominación religiosa que tiene una organización religiosa no lucrativa en Estados Unidos, y quién trabajará en una vocación o una ocupación religiosa a petición de la organización religiosa
  • Quinto Preferencia ( EB-5 ¿La creación del empleo) si usted quisiera ser concedido estado inmigrante en los Estados Unidos con el fin del acoplamiento a una nueva empresa comercial, considera por favor cómo lo hago hago un inmigrante con una inversión?

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¿Cómo archivo una petición para el trabajador extranjero?
Una forma I-140 (petición de USCIS para el trabajador extranjero) se debe archivar en el centro de servicio regional de USCIS que sirve el área donde usted trabajo. La información detallada se proporciona en las instrucciones para la forma I-140. Los requisitos de la limadura diferencian para cada categoría.Vea por favor el acoplamiento apropiado a la elegibilidad y la limadura para cada preferencia.

Para los trabajadores especiales EB-4 (ésos en una ocupación o una vocación religiosa), usted o su patrón debe archivar la forma I-360 (petición de USCIS para Amerasian, Widow(er), o el inmigrante especial) en el centro de servicio regional de USCIS eso sirve el área donde usted trabajará


 
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5728 Comandante Blvd.
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(407)-574-7024

> Consiga Las Direcciones Que conducen
a la oficina de Orlando FL

 
 

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