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Información De la Visa De la Familia de los E.E.U.U.

 

Descripción
Un residente permanente legal es un nacional extranjero que se ha concedido el privilegio permanentemente de vivir y del trabajo en los Estados Unidos. Si usted desea hacer un residente permanente legal basado en el hecho de que usted tiene un pariente que sea un ciudadano de los Estados Unidos o de un pariente que sea un residente permanente legal, usted debe pasar con un multi-step proceso

  • Primero, el USCIS debe aprobar una petición inmigrante de la visa, petición I-130 para el pariente extranjero para usted. Esta petición es archivada por su pariente (patrocinador) y se debe acompañar por la prueba de su relación al pariente de petición.
  • En segundo lugar, el departamento del estado debe determinarse si un número inmigrante de la visa está inmediatamente disponible para usted, el nacional extranjero incluso si usted está ya en los Estados Unidos. Cuando un número inmigrante de la visa llega a estar inmediatamente disponible para usted, significa que usted puede aplicarse para tener uno de los números inmigrantes de la visa asignados a usted. Usted puede comprobar el estado de un número de la visa en el departamento del boletín de la visa del estado.
  • Tercero, si usted está ya en los Estados Unidos, usted puede aplicarse para cambiar su estado a el de una permanente legal el residente después de un número de la visa hace disponible para usted. Esto es unidireccional usted puede aplicarse para asegurar un número inmigrante de la visa.Si usted está fuera de los Estados Unidos cuando un número inmigrante de la visa llega a estar disponible para usted, usted debe entonces ir al U. S consulado que mantiene el área en la cual usted reside para terminar su proceso. Ésta es la otra manera de la cual usted puede aplicarse para asegurar un número inmigrante de la visa.

Elegibilidad
Para ser elegible patrocinar a en relación con immigrate a los Estados Unidos que usted debe resolver los criterios siguientes:

  • Usted debe ser un ciudadano o un residente permanente legal de los Estados Unidos y poder proporcionar la documentación que prueba su estado
  • Usted debe probar que usted puede apoyar a su pariente en el 125% arriba la línea asignada por mandato de la pobreza.Chasque aquí para descubrir más información sobre satisfacer esta los criterios y declaración jurada de la ayuda.
  • Si usted es un ciudadano de los E.E.U.U. usted puede solicitar para que los parientes siguientes del nacional extranjero immigrate a los Estados Unidos; sin embargo usted debe poder proporcionar la prueba de las relaciones:
    • Marido o esposa;
    • Niño soltero bajo 21 años de viejo;
    • Hijo o hija soltero sobre 21;
    • Hijo o hija casado de cualquier edad;
    • Hermano o hermana, si usted es por lo menos 21 años de viejo; o
    • Padre, si usted es por lo menos 21 años de viejo.

¿- Ayuda De la Necesidad? Llámenos en -

Orlando, Fl (407)-574-7024

Nápoles, Fl (239)-643-5529

 

  • Si usted es un residente permanente legal usted puede solicitar para que los parientes siguientes del nacional extranjero immigrate a los Estados Unidos; sin embargo usted debe poder proporcionar la prueba de las relaciones:
    • Marido o esposa; o
    • Hijo o hija soltero de cualquier edad

Ser elegible para la residencia permanente legal basada en una relación de la familia usted debe resolver los criterios siguientes:

  • Usted debe tener un pariente que sea un ciudadano de Estados Unidos o un residente permanente legal de los Estados Unidos que pueden proporcionar la documentación que prueba su estado y esté dispuesto para patrocinarle para la implantación permanente legal archivando el I-130, petición para el pariente extranjero
  • Su pariente debe probar que pueden apoyarle proporcionando la documentación que su renta es el 125% sobre la línea asignada por mandato de la pobreza para su familia, incluyendo usted y todo el otra los miembros patrocinados de la familia. Chasque aquí para descubrir más información sobre satisfacer esta los criterios y archivar Declaración jurada de la ayuda
  • Si su pariente es un ciudadano de los E.E.U.U. y pueden demostrarle legalmente para compartir una de las relaciones siguientes, usted puede ser elegible para la implantación permanente legal, ve por favor abajo para la información de la categoría de la preferencia.
    • Marido o esposa;
    • Niño bajo 21 años de viejo;
    • Hijo o hija soltero sobre 21;
    • Hijo o hija casado de cualquier edad;
    • Hermano o hermana si usted es por lo menos 21 años de viejo; o
    • Padres si usted es por lo menos 21 años de viejo
  • Si su pariente es un residente permanente legal y pueden demostrarle legalmente para compartir una de las relaciones siguientes, usted puede ser elegible para la residencia permanente legal, por favor vea abajo para categoría de la preferencia información:
    • Marido o esposa; o
    • Hijo o hija soltero de cualquier edad.

¿Cuál es una declaración jurada de la ayuda?
Si usted está trayendo a en relación con viva permanentemente en los Estados Unidos, usted debe aceptar la responsabilidad legal financieramente de apoyar a este miembro de la familia.Usted acepta esta responsabilidad y hace patrocinador de su pariente terminando y firmando un documento llamado una declaración jurada de la ayuda. Esta responsabilidad legalmente ejecutoria dura hasta que su pariente hace un U. S el ciudadano o puede ser acreditado con 40 cuartos de trabajo (generalmente 10 años. )

¿- Ayuda De la Necesidad? Llámenos en -

Orlando, Fl (407)-574-7024

Nápoles, Fl (239)-643-5529

 

Categorías De la Preferencia
El pariente que usted desea immigrate debe obtener un número inmigrante de la visa que se base en la categoría de la preferencia en la cual caen.

Clasifican a la gente que desea hacer inmigrantes en las categorías basadas en un sistema de preferencia. Los parientes inmediatos de U. S los ciudadanos, que incluye a padres, a esposos y a niños solteros bajo edad de 21, no tienen que esperar un número inmigrante de la visa para hacer disponibles una vez que la petición de la visa archivada para ellos sea aprobada por el USCIS. Un número inmigrante de la visa estará inmediatamente disponible para los parientes inmediatos de U S ciudadanos. Los parientes en las categorías restantes deben esperar un número inmigrante de la visa para hacer disponibles según las preferencias siguientes:

  • Primera Preferencia : Hijos solteros, del adulto e hijas de U. S ciudadanos.El adulto significa 21 años de la edad o más viejo
  • Segunda Preferencia : Esposos de residentes permanentes legales, sus niños solteros (debajo veintiuno), y los hijos y las hijas solteros de residentes permanentes legales
  • Tercera Preferencia : Hijos e hijas casados de U. S ciudadanos
  • Cuarta Preferencia : Hermanos y hermanas del adulto U. S ciudadanos

Una vez que USCIS reciba su petición de la visa, I-130, petición para el pariente extranjero, será aprobado o negó. USCIS notifique a persona que archivó la petición de la visa si la petición de la visa es aprobada.La voluntad de USCIS entonces envía la petición aprobada de la visa al departamento del centro nacional de la visa del estado, donde seguirá habiendo hasta que un número inmigrante de la visa está disponible. El centro le notificará, el nacional extranjero, cuando se recibe la petición de la visa y otra vez cuando un número inmigrante de la visa está disponible. Usted no necesita entrar en contacto con Centro nacional de la visa, a menos que usted cambie su dirección o hay un cambio en su situación personal, o el de su pariente extranjero, que puede afectar la elegibilidad para una visa inmigrante, tal como edad que alcanza 21, unión, divorcio, o muerte de un esposo



 
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> Consiga Las Direcciones Que conducen
a la oficina de Orlando FL

 
 

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