| | Descripción Un residente
permanente legal es un nacional extranjero que se ha concedido el
privilegio permanentemente de vivir y del trabajo en los Estados
Unidos. Si usted desea hacer un residente permanente legal basado
en el hecho de que usted tiene un pariente que sea un ciudadano de los
Estados Unidos o de un pariente que sea un residente permanente legal,
usted debe pasar con un multi-step proceso -
Primero, el USCIS debe aprobar una petición inmigrante de la visa,
petición I-130 para el pariente extranjero para usted. Esta
petición es archivada por su pariente (patrocinador) y se debe
acompañar por la prueba de su relación al pariente de petición.
- En segundo lugar, el departamento del estado debe determinarse si un
número inmigrante de la visa está inmediatamente disponible para
usted, el nacional extranjero incluso si usted está ya en los
Estados Unidos. Cuando un número inmigrante de la visa llega a
estar inmediatamente disponible para usted, significa que usted puede
aplicarse para tener uno de los números inmigrantes de la visa
asignados a usted. Usted puede comprobar el estado de un número
de la visa en el departamento del boletín de la visa del estado.
- Tercero, si usted está ya en los Estados Unidos, usted
puede aplicarse para cambiar su estado a el de una permanente legal el residente después de un número de la visa hace disponible
para usted. Esto es unidireccional usted puede aplicarse para
asegurar un número inmigrante de la visa.Si usted está fuera de los Estados Unidos cuando un número
inmigrante de la visa llega a estar disponible para usted, usted debe
entonces ir al U. S consulado que mantiene el área en la
cual usted reside para terminar su proceso. Ésta es la otra
manera de la cual usted puede aplicarse para asegurar un número
inmigrante de la visa.
Elegibilidad
Para ser elegible patrocinar a en relación con immigrate a los
Estados Unidos que usted debe resolver los criterios siguientes: - Usted debe ser un ciudadano o un residente
permanente legal de los Estados Unidos y poder proporcionar la
documentación que prueba su estado
- Usted debe probar que
usted puede apoyar a su pariente en el 125% arriba la línea
asignada por mandato de la pobreza.Chasque aquí para descubrir más información sobre satisfacer esta
los criterios y declaración jurada de la ayuda.
- Si
usted es un ciudadano de los E.E.U.U. usted puede solicitar para que
los parientes siguientes del nacional extranjero immigrate a los
Estados Unidos; sin embargo usted debe poder proporcionar la prueba de
las relaciones:
- Marido o esposa;
- Niño
soltero bajo 21 años de viejo;
- Hijo o hija
soltero sobre 21;
- Hijo o hija casado de cualquier edad;
- Hermano o hermana, si usted es por lo menos 21 años de
viejo; o
- Padre, si usted es por lo menos 21 años de
viejo.
¿- Ayuda De la Necesidad? Llámenos en -
Orlando, Fl (407)-574-7024 Nápoles, Fl (239)-643-5529 - Si usted es un residente
permanente legal usted puede solicitar para que los parientes
siguientes del nacional extranjero immigrate a los Estados Unidos; sin
embargo usted debe poder proporcionar la prueba de las relaciones:
- Marido o esposa; o
- Hijo o hija soltero de
cualquier edad
Ser elegible para la
residencia permanente legal basada en una relación de la familia
usted debe resolver los criterios siguientes: - Usted debe tener un pariente que sea un ciudadano de Estados
Unidos o un residente permanente legal de los Estados Unidos que
pueden proporcionar la documentación que prueba su estado y esté
dispuesto para patrocinarle para la implantación permanente
legal archivando el I-130, petición para el pariente extranjero
- Su pariente debe probar que pueden apoyarle proporcionando la
documentación que su renta es el 125% sobre la línea asignada por
mandato de la pobreza para su familia, incluyendo usted y todo el otra
los miembros patrocinados de la familia. Chasque aquí para
descubrir más información sobre satisfacer esta los criterios y
archivar Declaración jurada de la ayuda
- Si su pariente es un ciudadano de los E.E.U.U. y pueden demostrarle
legalmente para compartir una de las relaciones siguientes, usted
puede ser elegible para la implantación permanente legal, ve por
favor abajo para la información de la categoría de la preferencia.
- Marido o esposa;
- Niño bajo 21 años
de viejo;
- Hijo o hija soltero sobre 21;
- Hijo o hija casado de cualquier edad;
- Hermano o
hermana si usted es por lo menos 21 años de viejo; o
-
Padres si usted es por lo menos 21 años de viejo
- Si su pariente es un residente permanente legal y pueden demostrarle
legalmente para compartir una de las relaciones siguientes, usted
puede ser elegible para la residencia permanente legal, por favor vea abajo para categoría de la preferencia
información:
- Marido o esposa; o
- Hijo o
hija soltero de cualquier edad.
¿Cuál es una declaración jurada de la ayuda? Si usted
está trayendo a en relación con viva permanentemente en los
Estados Unidos, usted debe aceptar la responsabilidad legal
financieramente de apoyar a este miembro de la familia.Usted acepta esta responsabilidad y hace patrocinador de su pariente
terminando y firmando un documento llamado una declaración jurada de
la ayuda. Esta responsabilidad legalmente ejecutoria dura hasta
que su pariente hace un U. S el ciudadano o puede ser
acreditado con 40 cuartos de trabajo (generalmente 10 años. ) ¿- Ayuda De la Necesidad? Llámenos en - Orlando, Fl (407)-574-7024 Nápoles, Fl
(239)-643-5529 Categorías De
la Preferencia El pariente que usted desea immigrate debe
obtener un número inmigrante de la visa que se base en la categoría
de la preferencia en la cual caen. Clasifican a la gente que desea hacer inmigrantes en las categorías
basadas en un sistema de preferencia. Los parientes inmediatos de
U. S los ciudadanos, que incluye a padres, a esposos y a
niños solteros bajo edad de 21, no tienen que esperar un número
inmigrante de la visa para hacer disponibles una vez que la petición
de la visa archivada para ellos sea aprobada por el USCIS. Un
número inmigrante de la visa estará inmediatamente disponible para
los parientes inmediatos de U S ciudadanos. Los
parientes en las categorías restantes deben esperar un número
inmigrante de la visa para hacer disponibles según las preferencias
siguientes: - Primera Preferencia : Hijos
solteros, del adulto e hijas de U. S ciudadanos.El adulto significa 21 años de la edad o más viejo
-
Segunda Preferencia : Esposos de residentes permanentes legales,
sus niños solteros (debajo veintiuno), y los hijos y las hijas
solteros de residentes permanentes legales
- Tercera
Preferencia : Hijos e hijas casados de U. S
ciudadanos
- Cuarta Preferencia : Hermanos y hermanas
del adulto U. S ciudadanos
Una vez que
USCIS reciba su petición de la visa, I-130, petición para el
pariente extranjero, será aprobado o negó. USCIS
notifique a persona que archivó la petición de la visa si la
petición de la visa es aprobada.La voluntad de USCIS entonces envía la petición aprobada de la visa
al departamento del centro nacional de la visa del estado, donde
seguirá habiendo hasta que un número inmigrante de la visa está
disponible. El centro le notificará, el nacional extranjero,
cuando se recibe la petición de la visa y otra vez cuando un número
inmigrante de la visa está disponible. Usted no necesita entrar
en contacto con Centro nacional de la visa, a menos que usted
cambie su dirección o hay un cambio en su situación personal, o el
de su pariente extranjero, que puede afectar la elegibilidad para una
visa inmigrante, tal como edad que alcanza 21, unión, divorcio, o
muerte de un esposo |
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